Resuelve el Pleno del TJEA un Juicio de Inconformidad y dos para la
Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano
En sesión pública celebrada la tarde del jueves 07 de junio del año en curso, los Magistrados del Tribunal de Justicia Electoral y Administrativa del Poder Judicial del Estado resolvieron, por unanimidad de votos, revocar el registro de Romeo del Carmen Fonseca Ballinas, candidato a la Presidencia Municipal de Totolapa,
Chiapas, por la Coalición Movimiento Progresista por Chiapas, conformada por los Partidos Políticos de la Revolución Democrática, del Trabajo y Movimiento Ciudadano, por no cumplir con los requisitos de elegibilidad al estar impedido para ser electo como miembro del Ayuntamiento, por ser cuñado de la actual Presidenta Municipal, Eulalia López Gutiérrez, quien se encuentra casada con Argelio Fonseca Ballinas, por lo que existe parentesco por afinidad entre la actual Presidenta y el candidato electo, vulnerando así lo establecido en la fracción V del numeral 68 de la Constitución Política del Estado de Chiapas, que determina que no podrán ser miembros de ayuntamientos los ciudadanos que tengan parentesco por afinidad hasta el segundo grado con el Presidente Municipal o Síndico en funciones, si se aspira a dichos cargos.
Chiapas, por la Coalición Movimiento Progresista por Chiapas, conformada por los Partidos Políticos de la Revolución Democrática, del Trabajo y Movimiento Ciudadano, por no cumplir con los requisitos de elegibilidad al estar impedido para ser electo como miembro del Ayuntamiento, por ser cuñado de la actual Presidenta Municipal, Eulalia López Gutiérrez, quien se encuentra casada con Argelio Fonseca Ballinas, por lo que existe parentesco por afinidad entre la actual Presidenta y el candidato electo, vulnerando así lo establecido en la fracción V del numeral 68 de la Constitución Política del Estado de Chiapas, que determina que no podrán ser miembros de ayuntamientos los ciudadanos que tengan parentesco por afinidad hasta el segundo grado con el Presidente Municipal o Síndico en funciones, si se aspira a dichos cargos.
Consecuentemente, los juristas determinaron otorgar a dicha Coalición un plazo de dos días contados a partir de la notificación del presente fallo, para que efectúe la sustitución correspondiente de conformidad con el artículo 235, primer párrafo, del Código de Elecciones y Participación Ciudadana.
Asimismo, vincularon al Consejo General del Instituto del Elecciones y Participación Ciudadana del Estado para que una vez que la referida Coalición presente ante el citado Consejo al candidato sustituto, lleve a cabo los actos correspondientes conforme a lo establecido en el artículo 234, último párrafo, del Código Comicial.
Otros Juicios resueltos durante la sesión, fueron el de Inconformidad con clave TJEA/JI/18-PL/2012, reencauzado como Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano en el expediente TJEA/DC/25-PL/2012, con respecto al cual los Magistrados resolvieron confirmar el registro de la planilla para miembros de Ayuntamiento correspondiente al municipio de Suchiate, Chiapas, encabezado por Juan José González Pérez como candidato a la Presidencia Municipal postulado por la Coalición Movimiento Progresista por Chiapas (PRD, PT y MC), en la sesión que realizó el Consejo General del IEPC el 26 de mayo de 2012; y el de Inconformidad con clave TJEA/JI/19-PL/2012, reencauzado también como JDC con clave TJEA/DC/26-PL/2012, en el que resolvieron aprobar el registro de la planilla para miembros de Ayuntamiento del municipio de Frontera Hidalgo, Chiapas, encabezado por Rosalba Moreno González, como candidata a la Presidencia Municipal postulada por la misma Coalición, en la sesión que realizó el citado Consejo en la misma fecha del asunto anterior.